21 December, 2014

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Catálogo de Garantías Individuales

Igualdad
El otorgamiento de las garantías individuales a toda persona (artículo 1 o.);
La abolición de la esclavitud (artículo lo.);
La igualdad entre el varón y la mujer (artículo 4o.);
El derecho a un ambiente adecuado para el desarrollo bienestar del ser humano (artículo 4o.);
El derecho a la protección de la salud (artículo 4o.);
El derecho a tener una vivienda digna y decorosa (artículo 4o.);
La proscripción de títulos nobiliarios (artículo12);
La igualdad del individuo ante la ley (artículo 13);
La igualdad del individuo ante los órganos judiciales (artículos 13 y 17);
La igualdad en materia de percepción de emolumentos por trabajos públicos (artículo 13);
La prohibición de fueros (artículo 13);
La vigencia del fuero de guerra frente a todos los miembros de la milicia (artículo 13);
La igualdad de las iglesias ante la ley (artículo 24);
La igualdad tributaria (artículo 28);
La igualdad de los gobernados frente al decreto de suspensión de garantías (artículo 29);

Libertad
El derecho a la educación (artículo 3o.);
El derecho a recibir educación pública gratuita (artículo 3o.);
Los derechos a la libertad de cátedra (artículo 3o.);
El derecho de procreación (artículo 4o.);
El derecho de los niños (artículo 4o.);
La libertad de impartir educación en cualquier nivel (artículo 3o.);
La libertad al trabajo (artículo 5o.);
La libertad de trabajo digno y socialmente útil (artículo 5o.);
La libertad de expresión de las ideas (artículo 6o.);
La libertad de prensa (artículo 7o.);
El derecho de petición (artículo 80.);
La libertad de asociación (artículo 9o.);
La libertad de reunión (artículo 9o.);
La posesión de armas de fuego en el domicilio particular (artículo 10);
La portación de armas (artículo 10);
La libertad de tránsito (artículo 11);
La libertad de profesar una creencia religiosa (artículo 24);
La libertad de cultos (artículo 24);
La libre concurrencia en materia económica (artículo 28);

Propiedad
Las garantías de propiedad que aseguran el ejercicio de derecho real por parte de las personas Físicas y morales, nacionales y extranjeras, en sus diversas modalidades (artículo 27);


Seguridad Jurídica
La garantía a la no aplicación retroactiva de la ley (artículo 14, primer párrafo);
La garantía de audiencia (artículo 14, segundo párrafo);
La exacta aplicación de la ley penal (artículo 14, tercer párrafo);
La garantía de legalidad en materia civil (artículo 14, cuarto párrafo);
La protección a la libertad deambulatoria frente a autoridades judiciales y administrativas (artículo 16);
La protección del domicilio de las personas frente a autoridades en materia penal (artículo 16);
Protección a la intimidad en comunicaciones (artículo 16);
Protección del domicilio del gobernado en materias administrativa y fiscal (artículo 16);
Protección de la correspondencia (artículo 16);
Protección del domicilio de las personas ante autoridades militares (artículo 16);
Derecho de acción en materia civil (artículo 17);
Resolución de los juicios legalmente (artículo 17);
Garantía de la administración de justicia pronta y expedita (artículo 17);
Garantía de la administración justicia imparcial (artículo 17);
Garantía de la administración de justicia gratuita (artículo 17);
Protección a la libertad personal frente a procesos penales (artículo 18);
Readaptación social del delincuente (artículo 18);
Transferencia al país, de reos nacionales que se encuentren purgando penas en el extranjero (artículo 18);
Traslado de reos extranjeros a su país de origen, cuando se encuentren purgando penas bajo las normas del sistema penitenciario mexicano (artículo 18);
La seguridad en cuanto a la situación jurídica en el proceso penal (artículo 19);
La substanciación del proceso penal por el delito inscrito en el auto de formal prisión (artículo 19);
Protección de la integridad física (artículo 19 y 20);
Libertad provisional bajo caución (artículo 20);
La garantía de no ser obligado a declarar (artículo 20);
Prohibición de la incomunicación, intimidación o tortura para rendir declaración (artículo 20);
Declaración ministerial o preparatoria en presencia del defensor y ante el Ministerio Público o el Juez, respectivamente (artículo 20);
Información de la causa de su detención dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la de su detención (artículo 20);
Garantía del desahogo de careos (artículo 20);
Garantía del ofrecimiento de pruebas en el proceso penal (artículo 20);
Garantía de ser juzgado en audiencia pública (artículo 20);
Garantía de recepción de elementos para su defensa (artículo 20);
Garantía de la brevedad en la solución de los procesos penales (artículo 20);
La garantía de información de los derechos del procesado (artículo 20);
La garantía de defensa en materia procesal penal (artículo 20);
El derecho a que su defensor lo asista en todas las diligencias del proceso penal (artículo 20);
Límite de la prisión preventiva (artículo 20);
Las garantías del indiciado dentro de la averiguación previa (artículo 20);
Garantías del ofendido (artículo 20); Competencia de la autoridad judicial en materia de imposición de penas (artículo 21);
Límite a la imposición de sanciones por infracción a reglamentos administrativos e imposición de ellas por autoridad administrativa (artículo 21);
La abolición de la sanción de la pena de muerte (artículo 22);
Límite de instancias en materia procesal penal (artículo 23);
Garantía de no ser juzgado dos veces por el mismo delito (artículo 23); y,
Las garantías en relación a la emisión del decreto de suspensión de garantías (artículo 29).

Garantías sociales
Las garantías sociales de los derechos de los pueblos indígenas (artículo 2)
Las garantías sociales en materia de educación superior que tienen autonomía (artículo 3)
Las garantías sociales del mejoramiento de vida de las comunidades agrarias (artículo 27)
Las garantías sociales de los derechos de la clase trabajadora exigibles a los patrones (artículo 27)
Carlos
Carlos Donatello cuenta con 4320 semanas cotizadas en el IMSS, él ya tiene 72 años de edad y desea retirarse de su trabajo porque se ha quedado viudo y sus hijas no lo pueden atender. Acude a tu despacho para solicitarte ayuda para obtener su pensión.
Tú le respondes:

a) Para obtener una pensión del IMSS necesita_______ semanas cotizadas.
b) Los derechos que tendrá por parte del IMSS, después de retirarse de su trabajo serán:__
c) Si no puede obtener una pensión, usted puede obtener del IMSS:__

Margarita
Margarita Gralia era concubina de Carlos Peralta y así lo ha demostrado al IMSS, tiene dos niñas de 9 y 6 años respectivaente, ahora que ha enviudado, tu le respondes:
a) Los derechos que tiene la menor de 9 años son:___
b) Los derechos que tiene la menor de 6 años son:___
c) Los derechos que tiene Margarita en pensión por viudez son:___
d) Los derechos que tendrán las menores en servicios médicos frente al IMSS, son:___

María
María Ortega tiene 56 años de edad, trabaja en el restaurante "Mil comidas A.C.".
Desde el año 2004 se desempeña como cocinera y está afiliada al seguro social.
Desde hace un mes ha presentado una gripe que en un principio parecía una alergia; sin embargo, el médico le ha dicho que padece bronquitis crónica, por lo tanto el patrón del restaurante le he dicho a María que debe renunciar.

Ella está consternada pues "aparentemente" es un problema de Derecho del Trabajo y sabe que tiene derecho a no ser despedida por ello y a que le otorguen otra actividad en el lugar (tal vez como cajera) dentro del Restaurante.

Ella también sabe que tu estudias derecho (tu mamá se lo comentó), así de que te pregunta qué derechos tiene por parte del Seguro Social, pues está desorientada.

Metodología para resolver asuntos de Seguridad Social.

Elaboración de formato
1.
Leer el planteamiento del problema y tomar todos los datos del asegurado que se puedan en un formato que contenga lo siguiente:
  • Nombre.
  • Edad.
  • Estado civil.
  • Dependientes económicos.
  • Ocupación.
  • Salario diario.
  • Nombre del patrón.
  • Riesgos de Trabajo probables.
  • Antiguedad laboral (semanas cotizadas).
  • Número de Afiliación al IMSS.
  • Cuenta con expediente clínico.
  • Enfermedad dictaminada por el IMSS.
  • Accidente dictaminado por el IMSS.
  • Prestaciones en especie a que tiene derecho.
  • Prestaciones en dinero a que tiene derecho.
  • Condiciones para obtener las prestaciones.
  • Detalle de la respuesta.
Detección de tipo de seguro y prestaciones.
2. Con ayuda de la ley, hay que ubicar el seguro que debe otorgar protección al (la) quejos@. Una vez que hemos detectado qué tipo de seguro es el que debe respaldarla, revisamos los derechos que tiene con ese seguro.

Investigación sobre padecimientos
3.- Consultando principios médicos en internet sobre qué es determinado padecimiento puedo saber de que se trata.

En el caso del problema de María podría ser riesgo de trabajo o enfermedad y hay que descartar, porque si fuera riesgo de trabajo, querría decir que su trabajo le ha provocado algún deterioro en su salud; es decir, que el restaurante en el que trabajó como cocinera, le trajo como consecuencia un deterioro de su salud (esto sucede mucho con las ayudantes de las tortillerías, o bien, que es una enfermedad que ella desarrolló y deberá ser cubierto por el seguro de enfermedades.
En caso de que no cuente con expediente clínico
4.- Como no contamos con un expediente clínico de la persona (y este es un caso ficticio), dificilmente podremos saber el origen del padecimiento, así de que debemos tomar el supuesto que creamos que es el más viable, porque lo que importa aquí es saber manejar la ley.
(ESTO PASA MUY SEGUIDO CON CASOS FICTICIOS EN QUE HAY DUDA ENTRE RIESGO DE TRABAJO Y ENFERMEDAD).

Consulta la Ley del Seguro Social
5.- Una vez que decidí que voy a consideralo riesgo de trabajo, consulto mi ley y ahí verifico a qué tiene derecho María.

Detallar respuesta
6.- Detallo la respuesta para el/la quejos@ de la siguiente forma:

"El seguro que debe cubrir el riesgo de trabajo ( o bien la enfermedad...) de María. deberá pagarle :_______ cantidad o porcentaje de incapacidad, medicamentos, etc, etc.
Aquí es donde usamos el cuadro comparativo de los seguros, éste cuadro les permite ver y saber que beneficios otorga cada seguro.

¿Dudas?, escríban a la licenciada vía SUVIN.
1. ¿Que entendemos por alegatos?
2. ¿Cuales son los elementos que conforman los mismos?
3. ¿Cual es la imortancia procesal de los alegatos?
4. ¿Que es la sentencia?
5. ¿Cuantos tipos de sentencia hay explicando cada una de ellas?
6. ¿Cuales son los elementos que la conforman?
7. ¿Como se ejecuta la sentencia y de acuerdo a que lineamientos?